Telefono Cita previa Pasaporte: 060
Cita previa Pasaporte
Todas aquellas personas que quieran hacer la renovacion pasaporte tendrán que personarse en la oficina expedidora correspondiente, con la documentación oportuna incluso cuando se trate de menores de edad, y haciendo la solicitud cita previa pasaporte por teléfono al 060.
Documentacion Cita previa pasaporte
Mayores de edad:
– Será necesario el DNI del solicitante en vigor para comprobar los datos reflejados en la solicitud, devolviéndose en el mismo acto de su presentación.
En caso de ser residente en el extranjero y solicitar el pasaporte en el Consulado o en cualquier representación diplomática, no será necesario aportar el Documento Nacional de Identidad, ya que se podrá sustituir en caso de renovación, por la presentación del pasaporte en vigor o que esté pendiente de renovar, y para aquellos casos de primera expedición, por la certificación literal de nacimiento del Registro Civil o Consulado en el que se inscribió el nacimiento.
– Fotografía de tamaño carné, en color y con el fondo claro, liso y uniforma, siempre tomada de frente y sin gafas con cristales oscuros que impida la identificación de la persona en cuestión.
Menores de edad:
Tiene que constar expresamente el consentimiento de quien ejerza la tutela o patria potestad, indicando que su ejercicio no está limitado para prestarlo, y teniendo en caso contrario sustituir su falta con una autorización judicial.
La persona que ejerza la patria potestad o tutela se prestará ante el funcionario del órgano competente para su expedición. Al mismo tiempo, se podrá presentar ante fedatario público, acompañándose a la solicitud, la copia auténtica del documento del citado consentimiento.
El menor irá siempre acompañado de la persona que esté ejerciendo la tutela o patria potestad. Esta persona tendrá que acreditar su identidad con el DNI en caso de ser español, o tarjeta de residencia o pasaporte si es extranjero, y demostrar la relación de parentesco o la tutela, presentando la partida literal de nacimiento, el libro de familia, y la resolución judicial o administrativa que le atribuya esa condición o cualquier otro documento garantizando la tutela o patria potestad.
– Menores con 14 años o más
– Dni en vigor de la persona solicitante, devuelto en el mismo acto de su presentación, después de comprobar los datos del mismo con los que se reflejen en la solicitud.
– En caso de ser residente en el extranjero y solicitar el pasaporte en el Consulado o en cualquier representación diplomática, no será necesario aportar el Documento Nacional de Identidad, ya que se podrá sustituir en caso de renovación, por la presentación del pasaporte en vigor o que esté pendiente de renovar, y para aquellos casos de primera expedición, por la certificación literal de nacimiento del Registro Civil o Consulado en el que se inscribió el nacimiento.
– Fotografía de tamaño carné, en color y con el fondo claro, liso y uniforma, siempre tomada de frente y sin gafas con cristales oscuros que impida la identificación de la persona en cuestión.
– Menores con 14 años
– En caso de tener el DNI, se le pedirán los mismos documentos que para los mayores de esa edad.
– En caso de no poseer el DNI, junto con la fotografía, tendrá que aportar la certificación literal de nacimiento que expide el Registro Civil y el DNI de la persona que esté ejerciendo la tutela o la patria potestad, excepto en el caso, en este último supuesto en que la misma hubiese sido asumida por el Ministerio de Ley.
– Si por la urgencia del viaje, el menor no puede aportar la certificación literal de nacimiento, debido a la demora en la expedición por parte del Registro Civil, se le expedirá al menor, un pasaporte de tipo B, con vigencia de tres a seis meses, siempre y cuando se aporte junto con el DNI de la persona que tenga la tutela o patria potestad, el libro de familia o en su defecto, la resolución administrativa o judicial de atribución de la tutela, y el justificante de solicitud de certificación literal de nacimiento.
– Si la persona que ejerce la tutela es extranjera, tendrá que aportar junto con la certificación literal de nacimiento del menor, el número de identificación de extranjeros u otro documento que la identifique y que haya sido expedido por una autoridad oficial.
– Personas incapacitadas
– Se aportarán los mismos documentos según la edad que tenga el solicitante y al mismo tiempo, tendrá que constar el consentimiento expresamente de aquella persona que ejerza la tutela o patria potestad indicando que su ejercicio no está limitado para prestarlo, teniendo en caso contrario sustituir su ausencia con una autorización judicial.
– Dicho consentimiento se tendrá que presentar ante el órgano competente para realizar la expedición del pasaporte. Al mismo tiempo, se podrá presentar ante fedatario público, donde se tendrá que acompañar junto con la solicitud, la copia original del documento resultante de dicho consentimiento.
Desde el extranjero no se puede llamar al 060, alguna otra opción?
hora por la tarde para renovar pasaporte
Quiero pedir cita previa para el pasaporte por internet, no por un telefono de una compañía privada que es un robo.
excelente el modo basico . para introducir los datos de cita previa x internet
para introducir los simbolos y aceptar lo he puesto intentando de muchas formas
al final decido personalme que x lo menos no me cabreo